La precariedad laboral y los bajos sueldos, la crisis económica, el encarecimiento de los pisos, el endurecimiento de las condiciones bancarias para conceder préstamos, la dominante cultura de propiedad frente al alquiler… son factores que han retrasado la emancipación de los jóvenes españoles, situándoles a la cola de Europa a la hora de volar del nido y establecerse en su propio hogar. De hecho, según el Observatorio Joven de la Vivienda, para comprar un piso la mayoría de los jóvenes deberían ganar más del doble de su salario.
Ante esta situación, tan poco favorable para la sociedad española, los órganos institucionales tratan de paliar el panorama mediante ayudas al alquiler dirigidas tanto a la juventud como a la población en general que pretenden facilitar la emancipación, en el caso de los jóvenes, y el pago de las rentas, en el resto de los ciudadanos.
La medida estrella a este respecto es la Renta de Emancipación Básica, la iniciativa del Ejecutivo central que, desde que entró en vigor el 1 de enero de 2008, ya cuenta con más de 167.000 beneficiarios. Esta ayuda consta de 210 euros mensuales y pueden solicitarla personas de entre 22 y 30 años con salarios de hasta 22.000 euros brutos anuales. Se trata de una subvención con una duración máxima de cuatro años, que no tienen porqué ser consecutivos. Además, la ayuda comprende una partida de 120 euros para cubrir los gastos de aval bancario, en el caso de que el solicitante lo requiera, así como también pueden solicitarse 600 euros adicionales para la fianza del piso, aunque, de concederse, esta cantidad deberá devolverse cuando finalice el contrato de alquiler o el período de la ayuda. A su vez, esta medida es compatible con las deducciones fiscales.
Las subvenciones al inquilino cubren hasta un 40% del coste anual del alquiler de una vivienda |
Otra de las medidas más destacadas en este contexto es la Subvención al inquilino, una ayuda que puede alcanzar la cuantía máxima del 40% de la renta anual, siempre y cuando no exceda los 2.880 euros. Esta medida, que puede extenderse hasta un máximo de dos años, está destinada a personas que no excedan los 35 años y con unos ingresos familiares anuales que no superen de 2,5 veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples, es decir, unos 15.000 euros. Asimismo, la vivienda alquilada no puede exceder de los 90 metros cuadrados útiles y el beneficiario debe presentar el contrato de alquiler para su visado.
Las Comunidades Autónomas también ofrecen sus propias ayudas
Finalmente, la tercera ayuda de carácter estatal es la deducción por alquiler al inquilino. Esta medida permite a los arrendatarios deducir un 10,05% del importe que abonan anualmente por el alquiler de su vivienda. Esta ayuda también es compatible con la Renta Básica de Emancipación y está limitada a aquellas personas con ingresos anuales inferiores a los 28.000 euros brutos.
Asimismo, algunas comunidades autónomas disponen de sus propias ayudas, como es el caso de Madrid y Cataluña. En la primera, está el Plan Alquila, al cual pueden acceder personas de cualquier edad. En Barcelona todas las ayudas al alquiler se gestionan a través del Consorci de l'Habitatge que, entre otras medidas, ofrece asesoramiento jurídico gratuito en materia de alquiler y venta además de otras ayudas dirigidas a jóvenes menores de 35 años y a personas mayores de 65 años.
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